El Bono alquiler joven es parte del plan del Gobierno para facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes entre 18 y 35 años. Por norma general, se trata de una ayuda de 250€ al mes por cada persona susceptible de recibirlo, aunque residan en la misma vivienda. Su plazo es de 2 años y la cuantía total, si cumples los requisitos durante esos 2 años, es de 6000€ en circunstancias normales.
Los objetivos oficiales del Bono alquiler joven son facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes, ampliar la oferta de vivienda a precios asequibles en todo el territorio español, así como ofrecer una serie de ayudas para costear el seguro de impago, además de otros criterios.
Requisitos del Bono alquiler joven
El Bono alquiler joven está orientado a jóvenes españoles, de la UE u otros extranjeros, siempre y cuando residan legalmente en España. No solo eso, sino que además deben tener rentas derivadas del trabajo, siempre que estas estén por debajo del límite marcado por la administración.
El límite de renta máximo para poder optar al IPREM es el equivalente a 3 veces el IPREM. Para saber si estás debajo del límite, simplemente tienes que consultar el sitio web del IPREM y multiplicar por tres el IPREM que aparezca en la tabla.
Por ejemplo, si el IPREM mensual es de 600€, tenemos que el límite máximo de renta serían 1800€ mensuales. Recuerda que el IPREM siempre se calcula en base a ingresos brutos.
Anualmente, el IPREM en 12 pagas es 7.200€ (el límite sería 21.600€ anuales), mientras que en 14 pagas el IPREM anual es 8.400€ (con lo que el límite sería 25.200€ anuales).

Otro requisito a tener en cuenta es el relativo al tipo de pago: No tienes derecho al Bono alquiler joven si el pago del alquiler se hace en efectivo al casero. Es obligatorio que se haga mediante métodos rastreables por la administración, que pueden ser desde un Bizum hasta una domiciliación bancaria.
Recuerda que para solicitarlo ya debes haber firmado el contrato de alquiler. Esta medida está orientada a evitar fraudes por parte de inquilinos, pero especialmente por parte de propietarios, que podrían verse en la situación de exigirte más dinero solo por tener derecho al Bono.
Las familias numerosas o personas con discapacidad pueden optar a un cálculo que amplíe el límite de renta de la unidad familiar hasta 4 o 5 veces, en lugar de 3.
Límite de renta mensual de la vivienda
Para poder optar al Bono alquiler joven, el alquiler total del inmueble no debe superar los 600€ al mes si estás alquilando toda la vivienda, y en caso de que estés alquilando una habitación esta no puede costar más de 300€ al mes.
Cabe matizar que existen unos límites ampliados que elevan el límite de renta mensual hasta los 900€ al mes para la vivienda completa, y 450€ para el alquiler de habitación. Este límite se aumenta en aquellas zonas que se hayan declarado como tensionadas o si hay un acuerdo con la Comisión de Seguimiento.
Por último, es importante señalar que el Bono alquiler joven es compatible con la ayuda del Plan Estatal en materia de vivienda. En este caso, debes tener en cuenta las siguientes claves:
- Puedes solicitar y cobrar ambas ayudas si cumples los requisitos de ambas
- Si cobras ambas, deberás descontar del Plan Estatal los 250€ del Bono alquiler joven, y después calcular qué ayuda te correspondería como parte del Plan Estatal, ya que este te da una ayuda económica de forma porcentual.
- Ambas ayudas combinadas nunca pueden llegar a suponer el 75% o más del alquiler que pagues. Como mínimo, debes pagar de tu bolsillo un 25% del alquiler.
Guía rápida sobre el Bono alquiler joven
| Condiciones generales | Si se cumplen otras condiciones | |
| Cuantía mensual | 250 € / mes | Se reduce al coste del alquiler si este es inferior |
| Duración máxima | 24 meses (2 años) | Sin excepciones |
| Límite de edad | De 18 a 35 años | Puedes disfrutar la ayuda después de los 36 años (hasta 23 meses más) si te la empezaron a conceder antes de cumplir 36 |
| Límite de ingresos | 3 veces el IPREM | Ampliable hasta 4 o 5 IPREM en familias numerosas o discapacidad |
| Tope alquiler (Vivienda) | Hasta 600 € / mes | Hasta 900 € al mes en áreas tensionadas |
| Tope alquiler (Habitación) | Hasta 300 € / mes | Hasta 450 € al mes en áreas tensionadas |
Ejemplo del Bono alquiler joven
Imagina que quieres alquilar un piso que cuesta 600€ al mes, ya sea compartiendo piso con otra persona o por ti mismo. En primer lugar, deberás solicitar el Bono alquiler joven y si cumples los requisitos (cobrar menos de 1800€ brutos al mes, tener entre 18 y 35 años, etc.) te concederán el Bono.
El Bono son 250€, con lo que ahora tendrías que pagar de tu bolsillo solo 350€ al mes. Si en este momento cumples los requisitos y solicitas la ayuda del Plan Estatal de vivienda, te conceden una ayuda del 40% del alquiler que pagues de tu bolsillo.
En este caso, deberías calcular el 40% de 350€, que son 140€ de ayuda del Plan Estatal. Esto quiere decir que podrías tener derecho a recibir una ayuda total de 250€+140€, que son 390€. En este momento, debes calcular si 390€ es inferior al 75% de 600€.
El 75% de 600€ son 450€, con lo que estarías 60€ por debajo del límite máximo y tendrías derecho a recibir los 390€, pagando de tu bolsillo únicamente 110€ de alquiler por un piso de 600€ al mes.
Recuerda que en algunos casos el coste máximo del alquiler en algunos casos sube hasta los 900€, con lo que si pudieses solicitarlo, para alquilar un piso de 900€ podrías recibir una ayuda combinada de hasta 675€ al mes como máximo, el 75% de 900€.

¿Cuánto dura el Bono alquiler joven?
Si cumples los requisitos durante todo ese plazo, puedes disfrutar del Bono alquiler joven durante 24 meses. Esto supone que podrías recibir, solo en concepto de Bono alquiler joven y sin incluir la ayuda del Plan Estatal de vivienda, un total de 6000€ a lo largo de esos 24 meses.
¿Cómo solicitar el Bono alquiler joven?
La solicitud del Bono alquiler joven no la realizas ante el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, sino ante la Comunidad Autónoma en la que residas.
Te adjuntamos los enlaces al sitio web donde debes solicitarlo en función de cuál sea tu Comunidad Autónoma.
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Cantabria
- Castilla – La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Ceuta
- Extremadura
- Galicia
- Islas Baleares
- Islas Canarias
- La Rioja
- Madrid
- Melilla
- Murcia
- Navarra
- País Vasco
- Valencia
Preguntas frecuentes
Sí, ya que se considera ganancia patrimonial, aunque es una no derivada de transmisiones. No está exento de pagar IRPF y deberás incluirlo en tu Declaración de la Renta.
Sí, pero estarás obligado a comunicar cualquier cambio en la residencia a la administración de tu Comunidad Autónoma, para que tenga constancia del cambio. Tendrás un plazo máximo de 15 días, aunque en algunos casos se amplía a los 30. Recuerda que si te cambias de una Comunidad Autónoma a otra, se cancelará el Bono original y tendrás que solicitarlo de nuevo en la nueva Comunidad.
Sí, si todos cumplen los requisitos, lo pueden solicitar de forma individual, pero la suma de todas las ayudas nunca puede superar el 100% del precio total del alquiler del inmueble.
No, para evitar fraudes el Bono requiere que el pago se realice por cualquier medio rastreable por la Administración. Puedes utilizar para el pago cualquier método de pago rastreable, como Bizum, transferencia, una tarjeta virtual, ingreso en cuenta, o cualquier método que el casero te ofrezca siempre que sea rastreable. Esto excluye, por ejemplo, transacciones de criptomonedas o el mencionado pago en efectivo.
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