
¿Has entrado en el mundo de Bitcoin o cualquier otra criptomoneda como Ethereum o Solana? Si es así, y te han ido bienlas cosas, has visto crecer tu cartera y ahora te preguntas: ¿Cuándo y cuánto tengo que pagar a Hacienda por mis criptomonedas? ¿Debo declarar la compra, o solo la venta?
La fiscalidad de las criptomonedas en España puede resultar abrumadora en un principio, pero lo cierto es que sigue unas reglas similares a otros productos de ahorro e inversión.
En este artículo vamos a desgranar, punto por punto, todo lo que necesitas saber para cumplir con la Agencia Tributaria y evitar sustos.
El mito de pagar impuestos al comprar Bitcoin
Una de las preguntas más frecuentes es, sin duda, si debes pagar impuestos al comprar Bitcoin o cualquier otra criptomoneda, y la respuesta es muy sencilla: No, la compra o tenencia de Bitcoin u otras criptomonedas no genera impuestos en el IRPF.
Cuando utilizas euros para comprar Bitcoin o cualquier otra criptomoneda, simplemente estás intercambiando un activo por otro. Es el momento de la transmisión (es decir, al venderlo) el que activa la obligación de tributar si has generado una ganancia.
¿Cuándo debes pagar impuestos por Bitcoin y otras criptomonedas?
A ojos de Hacienda, cualquier operación en la que te desprendes de tus criptomonedas y obtienes una ganancia se considera Ganancia o Pérdida Patrimonial.
Los escenarios en los que esto se produce serían:
- Venta a Dinero Fiduciario: Vender Bitcoin o cualquier cripto para obtener moneda fiduciaria (como euros o dólares).
- Intercambio de cripto por cripto: Cambiar Bitcoin por otra criptomoneda, como Ethereum, se interpreta como una doble operación:
- Vendes el Bitcoin (generando una ganancia o pérdida)
- Compras el Ethereum
- Esta ganancia (o pérdida) debe declararse
- Usar criptomonedas para pagar: Cuando compras un producto o servicio con una criptomoneda como Bitcoin, estamos hablando de una transmisión. Hacienda asume que esta transacción es, a efectos técnicos, lo mismo que si primero vendieses el Bitcoin para obtener moneda fiduciaria y así pagar el producto o servicio.

¿Cuánto tributa el Bitcoin y otras criptos?
Las ganancias patrimoniales derivadas de tus operaciones con criptomonedas se integran en la Base Imponible del Ahorro, que se encuadra dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Los tramos impositivos son progresivos, como de costumbre en estos casos, y se aplican solo sobre la ganancia neta, es decir, sobre la rentabilidad que hemos obtenido al restar el precio de la inversión al precio de venta.
Ganancia Neta (€) | Tipo Impositivo (%) |
6.000€ o menos | 19% |
De 6.000,01 a 50.000€ | 21% |
De 50.000,01€ a 200.000€ | 23% |
De 200.000,01€ a 300.000€ | 27% |
Más de 300.000€ | 28% |
Recuerda que la ganancia neta se determina restando el valor de adquisición al valor de transmisión.
Por ejemplo, si has comprado una criptomoneda por valor de 1.000€ y la has vendido por valor de 15.000€, la ganancia neta son 14.000€.
¿Qué pasa con los rendimientos pasivos?
No todas las operaciones relacionadas con criptomonedas se consideran ganancias patrimoniales. Si obtienes ingresos sin vender tu activo principal, estos se tratan de manera diferente:
Por ejemplo, en el caso del Staking o Lending, se considera un Rendimiento de capital mobiliario, y por tanto la base imponible es aquella correspondiente a la de los productos de Ahorro.
En segundo lugar, las operaciones de Minería de criptomonedas se considera un Rendimiento de actividades económicas, y por tanto la base imponible es la General.
Por último, los Airdrops, es decir, recibir criptomonedas como regalo, se consideran Ganancia patrimonial NO derivada de transmisión, y por tanto también su base imponible es la General.
El Modelo 721 y 714: Informar a Hacienda de tu patrimonio en criptomonedas
Además de la declaración de la renta anual (Modelo 100), existen otras obligaciones de carácter informativo.
El modelo 721 (Declaración de Criptomonedas en el Extranjero) debe ser cumplimentado si a día 31 de diciembre posees criptomonedas con un valor superior a los 50.000€ y estas se encuentran en exchanges o wallets situadas fuera de España. Recuerda que esto no implica el pago de impuestos, simplemente estás obligado a informar a Hacienda de este hecho.
El Impuesto sobre el Patrimonio (Modelo 714) debe ser rellenado si tu patrimonio neto total (incluyendo criptos a 31 de diciembre) supera los umbrales de tu Comunidad Autónoma. Habitualmente este umbral de patrimonio se establece en los 700.000€. En este caso, deberás declarar la tenencia de tus criptoactivos.
Conclusión
La fiscalidad del Bitcoin en España se aplica principalmente en la venta y el intercambio, integrándose en la base del ahorro del IRPF. La clave para gestionar esta situación con éxito es conservar la documentación. Guarda todos los registros de tus compras, ventas e intercambios de criptoactivos para poder calcular de forma sencilla y precisa cuánto debes pagar realmente.
Si operas con criptomonedas regularmente o realizas actividades complejas como el mencionado staking, es indispensable que cuentes con un software especializado para realizar tus cálculos fiscales, o bien contrates a una gestoría que esté cualificada para llevar todos tus trámites fiscales en relación a criptomonedas como Bitcoin.
No se trata simplemente de pagar todos tus impuestos como y cuando toca, sino de ganar en paz mental al saber que no vas a tener ningún susto por parte de la Agencia Tributaria.
No. Nunca se pagan impuestos al comprar criptomonedas, ni tampoco simplemente por tenerlas. El impuesto se aplica cuando hay una transmisión en la que se genera una ganancia personal. Por ejemplo, si ganas dinero vendiendo Bitcoin o alguien te regala cualquier criptomoneda.
Hay principalmente tres tipos: La venta de criptomoneda a cambio de dinero, el intercambio por otra criptomoneda y el uso de la criptomoneda como medio de pago.
Dependiendo de cuánto ganes en la transmisión de los mismos. Si ganas menos de 6.000€, un 19%. Si ganas más de 6000€ pero menos de 50.000€, un 21%. Así sucesivamente hasta llegar al tramo más alto: más de 300.000€ de ganancias netas, con un tipo impositivo del 28%.
Las ganancias netas se calculan restando el valor de adquisición (por cuánto compraste las criptos) al valor de transmisión (por cuánto las has vendido).
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